La Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) aprobó este martes una resolución que busca generar las condiciones para la suspensión de Venezuela del organismo y que calificó por fuera de los "estándares internacionales" las elecciones del 20 de mayo, en las que Nicolás Maduro fue reelegido como presidente con el 68% de los votos totales.
La Asamblea General de la Organización de Estados Americanos
Mediante votación nominal, con 19 votos a favor, 11 abstenciones y 4 votos en contra, fue aprobada esta resolución. No obstante Estados Unidos, promotor de la iniciativa, no logra la suspensión automática de Venezuela. Para ello es necesario convocar una Asamblea General extraordinaria con los cancilleres de la región y obtener el respaldo de 24 países, es decir, dos tercios de los Estados miembros de la OEA.

Esta acción coercitiva contra Venezuela es, en suma, un acto fundamentalmente simbólico e incongruente con el posicionamiento actual del Gobierno venezolano frente a esa instancia. Hay que recordar: Venezuela ya pidió dejar la OEA el 28 de abril de 2017, una salida que por cuestiones procedimentales no será efectiva por norma interna hasta dos años después, en 2019. Esta es "la última Asamblea General de la OEA a la que Venezuela asiste", anunció el presidente Nicolás Maduro.

Desde estas instancias es oportuno subrayar algunas de las razones fundamentales sobre la retirada de Venezuela de este organismo anunciada el pasado año.

Comenzando por el cuestionamiento a esta institución, por ser una instancia de facto delegada de la política exterior estadounidense para afinar su política en América Latina y el Caribe, siendo Venezuela en estos tiempos el blanco predilecto de actos de injerencia.

Esta instancia, además, es un baluarte que permanece como referencia del viejo y agotado esquema de relacionamiento multilateral, herencia del Consenso de Washington. Una instancia inefectiva a las realidades y necesidades regionales, legitimadora de golpes de Estado, movimientos insurrecionales e intervenciones de distinto tipo (militar, financiera, legal).

La costosa burocracia de la OEA, multilateralismo inútil y ausencia de la cooperación

En apariencia, la OEA tiene entre sus principios operativos establecer y articular mecanismos de cooperación para el desarrollo sustentable en el continente, enmarcados en iniciativas que, en teoría, van desde la "mitigación de desastres naturales" hasta el impulso de "proyectos de desarrollo". Se trata de un conjunto de proyectos que supuestamente se ejecutan mediante fondos propios desde un espíritu de fomento del desarrollo, bajo el auspicio de los gobiernos que integran la organización.

La OEA desarrolla su actividad acorde a varios tipos de fondos: fondo regular, fondo para el desarrollo de la cooperación, fondos específicos y recuperación de costos indirectos, que son, acorde a sus fuentes, recursos compuestos por aportes de Estados miembros, observadores permanentes e instituciones y entes externos, entre ellos la USAID y la NED, adscritas al gobierno estadounidense. La gestión financiera de la OEA para 2017 genera un balance de 207 millones de dólares en ingresos, con una ejecución del 97% de esos recursos para ese año.

En el informe financiero semi-anual publicado en diciembre de 2017 por la OEA se desprenden detalles de su gestión en ese período. El fondo para el desarrollo a la cooperación, el cual en teoría desarrolla proyectos señalados para el desarrollo económico sustentable en los países miembros, tuvo una ejecución de apenas 500 mil dólares, menos del 0,5% de sus recursos.

No obstante, se puede ver en ese mismo balance que la OEA, en 2017, gastó 2 millones 650 mil dólares en la remodelación de la Sala "Simón Bolívar" de su sede en Washington, otros 4 millones 200 mil de dólares en "Mejora Tecnológica del Edificio Principal y Administrativo", para becas y programas de entrenamiento de la OEA unos 5 millones de dólares, y en logística para la Cumbre de Las Américas unos 4 millones de dólares.

En el referido informe se desprende la "preocupación" de la Secretaría General por los "retrasos e impagos" que están afectando el presupuesto de la organización por parte de Estados miembros. "De los 34 Estados miembros, 28 están en situación regular o son considerados en situación regular en el pago de sus cuotas, mientras que 6 Estados miembros no están al día. Estos últimos no han pagado sus cuotas correspondientes al ejercicio actual (2017) ni han negociado con la Secretaría General un plan de pagos por escrito. Dos de estos Estados miembros no han pagado el saldo atrasado de sus cuotas de años anteriores", reza el informe.

Esta situación financiera podría suponer una negativa de algunos países a contribuir al sostenimiento de una instancia que, para efectos prácticos, no se traduce en aportes significativos a los países miembros. La lista de países que no está cumpliendo con sus aportes a la OEA es 100% superior a la de hace cinco años. Al unísono de un enorme gasto burocrático interno que consume más del 60% de los recursos del ente.

La histórica falta de credibilidad de la OEA

El periodista cubano y directivo del diario Granma, Oscar Sánchez Serra, publicó en ese medio en mayo de 2009 un balance extraordinario, que vale la pena reseñar, sobre la gestión de la OEA y su doble rasero para fijar posición "en defensa de la democracia" en el continente. "La vergonzosa historia de la OEA", como la llama Sánchez, está repleta de ejemplos que representan la degradación en sus máximas instancias del derecho internacional.

En 1954, Guatemala fue invadida por tropas mercenarias organizadas por la CIA, que derrocaron al gobierno de Jacobo Árbenz. La OEA se había prestado antes para aprobar una resolución que introducía la variante de intervención colectiva regional, en expresa violación de su propia Carta y la de la ONU. Ante el hecho consumado, el organismo se limitó a "dejar hacer" a Estados Unidos y dilató el examen de la situación, ignorando los intereses del país agredido.

En 1961, la actuación de la OEA respecto a Cuba a partir del triunfo de la Revolución abrió el camino para el desarrollo de acciones que se desplegaron en el orden político-diplomático para aislar a la isla, que concluyeron con la expulsión de ese país en enero de 1962 y la ruptura de relaciones diplomáticas de los países de la región con la mayor de las Antillas.

Estos eventos significaron un nivel de ensañamiento tal que puso en entredicho la pertinencia de la organización en su momento. No obstante, el tutelaje estadounidense se impuso al largo plazo, consumando la relegación de Cuba en la OEA y el no reconocimiento de su modelo político, legitimando con ello, especialmente a mediados de los años 60, el embargo y el bloqueo económico que Estados Unidos instrumentó contra ese país y que sigue vigente.

En abril de 1965 desembarcaron los marines en Santo Domingo para impedir la inminente victoria del movimiento popular constitucionalista sobre las fuerzas de la reacción militarista. Estados Unidos fue a derrocar el gobierno de Juan Bosch. La OEA envió a la capital dominicana a su Secretario General, el uruguayo José A. Mora, con el aparente propósito de obtener una tregua entre los beligerantes, mientras el Órgano de Consulta de la OEA dilataba una decisión para facilitar que las fuerzas militares estadounidenses tomaran el control de la situación.

Luego de múltiples gestiones, Estados Unidos logró por el estrecho margen de un voto la aprobación de una resolución que dispuso la creación de una Fuerza Interamericana de Paz, produciéndose, por primera vez bajo el sello de la OEA, una intervención colectiva en un país del área, violentando el principio de "no injerencia" en los asuntos internos de los países pregonado por la misma organización.

Casos como el de la invasión estadounidense a Panamá en 1989, el rol de Estados Unidos como agresor a un miembro de la organización durante la guerra de ocupación británica de las Malvinas argentinas, la invasión norteamericana a Granada y el asesinato de su presidente Maurice Bishop, fueron otros ejemplos emblemáticos en los que la OEA asumió posturas tibias, acomodaticias, sin ningún tipo de sanción al agresor habitual.

Cómo viola la OEA sus propias normas al atacar a Venezuela

El rol del secretario general Luis Almagro, extralimitándose en sus funciones al aupar a factores violentos que intentaron empujar al país a una confrontación civil en Venezuela, tal como lo hizo en 2017, infiere la violación del principio de "Afianzar la paz y la seguridad" en los países del continente, señalado en el Artículo 2 de la Carta de la OEA.

El artículo 9 de la Carta de la OEA establece como única condición para la suspensión de un país de dicho ente, que su gobierno sea "derrocado por la fuerza", tal como se aplicó contra el gobierno de Roberto Micheletti en Honduras luego del golpe a Manuel Zelaya, acción promovida por el liderazgo de Venezuela en ese momento.

La condición de un "derrocamiento por la fuerza" no aplica hoy a Venezuela, menos todavía con la negación de la OEA de las elecciones presidenciales del 20 de mayo en las que fue reelecto el presidente Nicolás Maduro. La OEA en función de la "defensa de la democracia" en Venezuela torció su norma para aplicarla fuera de contexto.

El artículo 19 de la misma Carta dice expresamente:
"Ningún Estado o grupo de Estados tiene derecho de intervenir, directa o indirectamente, y sea cual fuere el motivo, en los asuntos internos o externos de cualquier otro. El principio anterior excluye no solamente la fuerza armada, sino también cualquier otra forma de injerencia o de tendencia atentatoria de la personalidad del Estado, de los elementos políticos, económicos y culturales que lo constituyen".
El gobierno de Estados Unidos y el denominado Grupo de Lima son emblemáticos en esta violación de la Carta de la OEA, amparándose en las entrañas de esa misma organización, atentando a la personalidad y espíritu del modelo político de Venezuela, negando sus instituciones y los legítimos derechos ejercidos a través del voto por parte de la población venezolana.

El aval político que la OEA le brinda al gobierno estadounidense y a algunos países del Grupo de Lima para expandir la política de sanciones económicas contra Venezuela, viola flagrantemente casi todos los artículos del Capítulo VII de la Carta de la OEA, que se refiere al "desarrollo integral" y la "cooperación económica" que debe prevalecer en las relaciones entre los Estados miembros. O como queda señalado en el Artículo 35 del respectivo documento: "Los Estados miembros deben abstenerse de ejercer políticas, acciones o medidas que tengan serios efectos adversos sobre el desarrollo de otros Estados miembros".

El desconocimiento de las instituciones venezolanas y el engranaje de una hoja de ruta para la asfixia financiera de Venezuela orquestada por Estados Unidos, concretamente desde las sanciones firmadas por Donald Trump el pasado 25 de agosto, y que son elementos de cierre de las vías de financiamiento al país, son sin duda un acto de agresión que está claramente legitimado en la OEA, cuando esta instancia desconoce el Artículo 43 de su Carta:
"Con el fin de fortalecer y acelerar la integración en todos sus aspectos, los Estados miembros se comprometen a dar adecuada prioridad a la preparación y ejecución de proyectos multinacionales y a su financiamiento, así como a estimular a las instituciones económicas y financieras del sistema interamericano para que continúen dando su más amplio respaldo a las instituciones y a los programas de integración regional".
Las sanciones financieras contra la República, y concretamente contra el desarrollo petrolero de Venezuela, promovidas bajo los "crímenes de lesa humanidad" supuestamente cometidos por el Estado venezolano, tal como lo anunciara un "panel de expertos" de la OEA recientemente, suponen desde estas instancias un golpe no sólo a Venezuela, sino también un atentado al equilibrio energético regional, entendiendo que Venezuela ha sido en años recientes un bastión del suministro energético proyectado hacia el Caribe, mediante mecanismos de cooperación como ALBA-Petrocaribe.

Por tanto, la legitimación en la OEA de sanciones específicas que atentan contra la facultad operativa de PDVSA violenta el espíritu de "cooperación regional", lesiona el desarrollo de instancias multilaterales para el relacionamiento económico previstos en el Artículo 44 de la Carta, que señala: "Los Estados miembros convienen en que la cooperación técnica y financiera, tendiente a fomentar los procesos de integración económica regional, debe fundarse en el principio del desarrollo armónico, equilibrado y eficiente".

La criminalización de Venezuela ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recientemente se ha promovido mediante la elaboración de un informe generado por el mencionado "panel de expertos" en la OEA, en pro de presionar a algunos Estados de la organización para propiciar el cerco contra el país y amplificar la variante judicial del asedio a Venezuela.

Sin consultar al Estado venezolano, sin dirigirse a ninguna institución venezolana, sin contar con elementos oficiales del lado venezolano, el expediente fraguado sin derecho a la legítima defensa de Venezuela viola abiertamente el Artículo 106 de la Carta de la OEA, en el que se determina el principio de "observancia" y el espíritu de acompañamiento que debe prevalecer en la política regional en materia de derechos humanos.

Razones que, si bien en lo específico retratan la degradación institucional de la OEA, sirven como caso para visualizar cómo, a nivel general, la instancia regional ha venido perdiendo credibilidad, capacidad de actuación y su condición de referencia, para ser un mediador efectivo en un momento regional altamente inestable.