El Gobierno de Pedro Sánchez prepara una reforma de la Ley de Seguridad Nacional que atañe a derechos y libertades fundamentales.
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Después de casi año y medio de pandemia el Gobierno prepara una reforma de la Ley de Seguridad Nacional con importantes consecuencias para los ciudadanos y su libertad.

Según publica hoy el diario El País, entre las novedades contemplará que toda persona mayor de edad estará obligada a la realización de las "prestaciones personales" que exijan las autoridades competentes en caso de que se declare un estado de crisis en nuestro país. Una obligación que marcará la ley, según este diario, siguiendo las directrices del Consejo de Seguridad Nacional que no ha establecido excepciones.

Así se contempla en la reforma de esta norma que prepara el Gobierno de Pedro Sánchez que determina que un estado de crisis es una "situación de interés para la Seguridad Nacional". Por ello recogerá también desde la posibilidad de requisar temporalmente todo tipo de bienes, hasta la intervención u ocupación provisional de los que sean necesarios pasando por la suspensión de todo tipo de actividades. Como compensación, recoge también la norma, según el diario de Prisa, quienes sufran perjuicios económicos por la requisa de sus bienes o la interrupción de su actividad tendrán derecho a ser indemnizados. No ocurre lo mismo con aquellos que sean obligados a realizar una prestación personal para los que la nueva reforma no recoge compensación alguna.

Según El País aunque el anteproyecto de ley no lo especifica, se supone que las prestaciones personales y la requisa de material estarán relacionados con el tipo de crisis de que se trate, ya sea de carácter sanitario, medioambiental, económico, financiero, etcétera. Lo que sí deja claro el articulado es que las medidas que se adopten serán graduales y proporcionadas a la situación que haya que afrontar y se limitarán al tiempo estrictamente necesario para superar la situación de crisis.

El deber atañe también a empresas

Pero en la reforma no solo se señala el deber de los ciudadanos mayores de edad. También el de las empresas y entidades jurídicas para que colaboren con las autoridades a la superación de la crisis mediante una prestación de carácter personal o material. El texto se basa en el artículo 30 de la Constitución Española, según el cual "los españoles tienen el deber y derecho de defender a España". Un artículo que en su apartado 30.4 establece que "mediante ley, podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública". Una previsión constitucional que hasta ahora no se había puesto en práctica.

Sin embargo, ley de Seguridad Nacional es ordinaria y no orgánica, lo que puede plantear problemas jurídicos debido a que solo las leyes orgánicas pueden afectar a derechos fundamentales. Además, la declaración de un "estado de crisis" mediante real decreto, corresponde en exclusiva al presidente del Gobierno y no al Congreso, aunque las Cortes deben ser informadas inmediatamente de las medidas adoptadas.


Comentario: El estado de partidos antidemocrático en España ya ha aplicado un estado de alarma ilegal suspendiendo derechos fundamentales casi sin resistencia por parte de los gobernados. Quizás crean que ir un paso más allá no les supondrá demasiados problemas.


Obliga también a los medios

Este anteproyecto de ley incluye también la obligación de los medios de comunicación de colaborar con las autoridades competentes en la difusión de informaciones de carácter preventivo u operativo.

De igual forma incorporará medidas para evitar que se repitan situaciones de desabastecimiento de productos y bienes críticos para afrontar una crisis, como ocurrió en la primera ola de la pandemia cuando los ciudadanos sufrimos la falta de mascarillas, respiradores y los profesionales trabajaban sin EPI.

Primera lectura en el Consejo de Ministros

El pasado 22 de junio el anteproyecto de ley fue visto ya en primera lectura por el Consejo de Ministros y ahora, según El País, está pendiente de aprobación definitiva para su remisión al Congreso, aunque ya se ha informado de su contenido a las comunidades autónomas y a algunos grupos parlamentarios.

Su elaboración respondería al mandato contenido en una disposición de la Ley de Seguridad Nacional de 2015, que daba al Gobierno un plazo de un año para enviar a las Cortes un "proyecto de ley reguladora de la preparación y disposición de recursos a la Seguridad Nacional". En vez de elaborar esta nueva norma, el Ejecutivo de Pedro Sánchez ha preferido reformar la ley vigente a la luz de la experiencia adquirida en la lucha contra el coronavirus.

Garantizar el abastecimiento

El texto apuesta también por garantizar el suministro de recursos de primera necesidad y carácter estratégico mediante el autoabastecimiento bajo condiciones excepcionales y por ello el Consejo de Seguridad Nacional elaborará y actualizará un catálogo de recursos humanos y materiales, de propiedad pública o privada, que puedan ser útiles en caso de crisis.

El catálogo lo aprobará el Consejo de Ministros y contará con las aportaciones de comunidades autónomas y entes locales. Se aprobarán también planes de preparación y disposición de los recursos incluidos en el catálogo y se harán ejercicios para comprobar su disponibilidad, aunque sin despliegue real de medios.