En la España de hoy ha desaparecido la presunción de inocencia si es una mujer la que denuncia a un hombre acusándole de violencia de género. A un varón se le puede mantener detenido hasta 72 horas sin más requisito que dicha acusación.
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Y con la desaparición de la presunción de inocencia, la de la igualdad ante la ley, ya que no se aplica la misma norma en caso de que sea el hombre el denunciante y la mujer la denunciada, ni está igualmente penada la agresión de un hombre a una mujer que la de una mujer a un hombre. Una violación del artículo 24.2 de la Constitución en el primer caso y del 14 en el segundo, que solo cabe calificar de obscena.
El evidente desequilibrio en la presunción de inocencia solo se explica en función de la presunción de veracidad que se otorga a la mujer que denuncia. La mujer agredida no miente, se nos insiste, de donde parece inferirse que toda denuncia implica su automática veracidad, algo absurdo puesto que lo que hay que demostrar es que quien denuncia ha sido, efectivamente, agredido.
Nadie, que yo sepa, está diciendo que la mujer agredida mienta. Aunque, por supuesto, incluso entre las mujeres agredidas también se pueden dar mentirosas; en proporción más o menos igual que la que se da entre los hombres agredidos. Simplemente, por su condición humana. Pero esa no es la cuestión.
La cuestión es que una legislación que otorga privilegios a una parte de la sociedad sobre la otra estimula el abuso de la parte privilegiada. Pues si basta una denuncia por maltrato en un proceso de divorcio donde se ventila la custodia de los hijos para otorgar esta al denunciante, la acusación probablemente se producirá. Y es estúpido sostener que la mujer, o el hombre, o los astronautas, no mienten. Sobre todo, cuando la ley incentiva la mentira.
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