El tribunal dicta que no se dan las circunstancias por la situación de máximo contagio para permitir manifestaciones del 1 de mayo, tampoco en coche.
Estado Policial ilegal en España: El Constitucional prohíbe el derecho a manifestación y huelga del 1 de mayo
© Eduardo Parra - Europa Press - Archivo Europa PressFachada del edificio del Tribunal Constitucional de España, en Madrid a 29 de noviembre de 2019.
La Sala Primera del Tribunal Constitucional entra, por primera vez, a resolver una cuestión derivada de la pandemia. Los jueces han inadmitido el recurso de amparo que presentó la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia a de Galicia (TSJG) que desestimó su solicitud de manifestación en Vigo para mañana 1 de mayo. Se trataba de una marcha a celebrar en coche por la ciudad, con una única persona por vehículo.

En su auto, el TC considera que no se dan las circunstancias que permitan el ejercicio del derecho de reunión por la situación de pandemia. La relación entre el derecho a la vida y el de reunión exige una ponderación por la que, ante la falta de las garantías de seguridad en una situación de máximo contagio, ha de primar el primer derecho.

Aragón sí

Esto dice el constitucional dándole la razón al TSJ de Galicia. Sin embargo, hay otro tribunal superior de justicia que piensa lo contrario. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón permite la práctica del derecho de manifestación a la Intersindical de Aragon mediante una marcha en Zaragoza, limitada a 60 ciudadanos, en vehículo particular cubierto y con un único ocupante.