(España) - El Congreso ha decidido dar una vuelta de tuerca más a la Ley Sinde para que la Comisión de la Propiedad Intelectual tenga más poderes.
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Los partidos del Congreso que se supone son los más razonables y menos bolivarianos han decidido proponer conjuntamente una enmienda a la Ley de Propiedad Intelectual en la que se elimina una de las pocas salvaguardas que, en defensa de la libertad de expresión, tuvieron que incluirse para aprobar la norma impulsada por la ministra González-Sinde y cuyo reglamento fue aprobado en el segundo consejo de ministros de Mariano Rajoy, el 30 de diciembre de 2011.

En la norma original, a la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual, un órgano administrativo creado a tal efecto, se le otorgaba la capacidad de dictar sanciones que incluían el cierre de páginas web que a su entender violaran los derechos de autor. Pero debido a las protestas se establecieron dos puntos en el proceso donde se debía consultar a un juez. Uno de ellos es el que ahora se ha decidido eliminar en la enmienda número 32 publicada en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el pasado miércoles 19 de junio, y de la que ha alertado el abogado especializado David Bravo, que fue brevemente diputado de Podemos.

La ley Sinde fue aprobada para solventar un pequeño problema con el que se encontraban las entidades de gestión de derechos de autor: los tribunales concluían de forma mayoritaria que los sitios web con enlaces a contenido protegido eran perfectamente legales, al no albergar el contenido sino limitarse a ofrecer enlaces a terceros, generalmente redes de pares. Pero a pesar de las salvaguardas que se tuvieron que introducir, la decisión sobre si un sitio web debe ser cerrado seguía recayendo en última instancia en la Sección Segunda.

Según ha explicado un portavoz del Ministerio de Cultura a El Confidencial, la tutela judicial efectiva se sigue manteniendo la autorización judicial para la primera sanción que se imponga a un sitio web. Sin embargo, la enmienda haría desaparecer ese trámite en el caso de sucesivas sanciones porque "este trámite es innecesario y retrasa los tiempos de la justicia y empeora la tutela judicial efectiva". Es decir, será esta comisión administrativa la que decida cuándo se está dando un incumplimiento reiterado, imponga la sanción y tome medidas como el cierre.

Por su parte, Carlota Navarrete, directora de la Coalición de Creadores, el lobby de las entidades de gestión, considera en un comunicado que "afirmar que la reforma de la LPI pretende cerrar webs sin autorización judicial sólo es un profundo desconocimiento o mala fe". No obstante, su explicación no hace sino confirmar que, efectivamente, el cierre de una página web no tendrá autorización judicial previa, algo que Navarrete considera "tiene exclusivamente carácter técnico", porque antes de llegar a ese punto el proceso -que no la imposición de esa sanción en concreto- ya habría pasado por los tribunales.

Dada la amplia mayoría de que disponen PP, PSOE y Ciudadanos en el Congreso de los Diputados, puede darse por sentado que la enmienda será aprobada, aunque como todo proceso legislativo que no se acelera mediante decretos leyes será un proceso de varios meses.

Además, la Asociación Española de Radiodifusión Comercial (AERC) y la Unión de Televisiones Comerciales en Abierto (UTECA) han criticado otra de las enmiendas que modificaría la composición de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual a favor de las entidades de gestión de derechos de autor. Esta Sección Primera es la única capaz de poner coto a las tarifas que las entidades imponen a radios y televisiones.