• Imagen
    © EFE
    Los tribunales franceses multaron a un ciudadano por portar una pancarta en la que se leía "Lárgate, pobre gilipollas" durante un acto del presidente.
  • El Tribunal Europeo de Derechos Humanos considera que se violó la libertad de expresión y que el insulto estaba dentro de la sátira.
  • Meses antes, Sarkozy había espetado la misma frase a un campesino que no quiso darle la mano.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha condenado a Francia por la pena impuesta a un ciudadano que insultó en un acto público en 2008 al entonces presidente, Nicolas Sarkozy. Los jueces consideran una violación de la libertad de expresión la condena impuesta a Hervé Eon por haber portado una pancarta con la frase "Lárgate, pobre gilipollas" durante un acto de Sarkozy en Laval, en el noroeste del país.

Eon, que había sido cargo público socialista, acudió a ese acto con esa pancarta que reproducía una frase que unos meses antes el propio Sarkozy había espetado a un campesino que se negó a darle la mano durante el Salón de la Agricultura.

Sarkozy llevó a Eon ante los tribunales, que le condenaron, en primera y en segunda instancia, por ofensa al presidente de la República y le impusieron una multa de 30 euros, exentos de cumplimiento. El Tribunal Supremo rechazó el recurso presentado por Eon, que llevó su caso ante la Corte de Estrasburgo.

Los jueces de este tribunal apuntan que el insulto contra Sarkozy entra dentro de la sátira política, puesto que el condenado había utilizado una frase del propio presidente, ampliamente reproducida por los medios de comunicación. En su sentencia, los magistrados de Estrasburgo señalan que esa frase "no atentaba contra la vida privada o el honor del presidente y no constituía un ataque personal gratuito contra su persona".

Recuerdan además que los políticos deben soportar las críticas y afirman que la sátira está destinada a "provocar y a agitar", por lo que condenar este tipo de actos puede tener "un efecto disuasorio sobre las intervenciones satíricas que pueden contribuir al debate sobre cuestiones de interés general".

Los magistrados no imponen ninguna multa a Francia, porque consideran que la mera sentencia condenatoria constituye ya una "satisfacción equitativa suficiente" por los daños morales sufridos por Eon.