Fernando Grande-Marlaska se niega a aclarar el paradero de Jesús Robaina Santana alegando que ese dato pertenece a su «parcela más íntima y personal»
Jonathan de Jesús Robaina Santana
Jonathan de Jesús Robaina Santana, quien mató a su prima Vanessa en Fuerteventura, se hace llamar ahora Lorena en prisión.
El Ministerio del Interior que dirige Fernando Grande-Marlaska se niega a aclarar si Jonathan de Jesús Robaina Santana, que asesinó y violó a su prima Vanessa Santana en Betancuria (Las Palmas) antes de emprender un proceso de cambio de sexo, está en una cárcel femenina. La Alianza Contra el Borrado de las Mujeres solicitó a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias información -vía Portal de Transparencia- sobre el paradero del violador. En la resolución, a la que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, Interior ha respondido que «los datos específicos de cada supuesto pertenecen a la parcela más íntima y personal de sus titulares, necesitándose su consentimiento expreso para proceder a su publicidad».

El caso concreto nos remite al 31 de mayo de 2021, cuando Canarias7 informó de que Jonathan de Jesús Robaina Santana, que mató con 30 martillazos a su prima y -supuestamente- eyaculó después sobre su cadáver, pidió por medio de su abogado que le llamen Lorena, ya que había iniciado un proceso de cambio de sexo dentro de prisión. El acusado reivindicó su condición de transexual para negar su atracción por las mujeres. La familia de la víctima denunció entonces que pretendía evitar ser acusado del delito sexual por el que le piden 15 años más de prisión.

Pero el asesino confeso siguió adelante con su proceso de «autodeterminación» y el pasado mes de enero solicitó ser trasladado a una cárcel de mujeres. Esto motivó que las feministas de la Alianza Contra el Borrado de las Mujeres remitieran dicha solicitud de información. En la respuesta, la Secretaría de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior del Gobierno de España ha respondido que «es la Instrucción 7/2006 de esta Secretaría General la que determina el procedimiento a seguir en casos como el que se refiere». Sin ofrecer más detalles.

Pero estos pueden ser suficientes. Y es que la citada instrucción -relativa a la integración penitenciaria de personas transexuales- establece que «las personas transexuales cuya identidad oficial de sexo no concuerde con su identidad psico-social de género podrán solicitar de la Administración Penitenciaria el reconocimiento de esta a los efectos de separación interna a que se refiere el art. 16 de la Ley Orgánica 1/1979 General Penitenciaria». También estipula un procedimiento por el que, «con los preceptivos informes de valoración médica y psicológica y el reconocimiento de la identidad psico-social de género, a efectos penitenciarios, las personas transexuales sin identidad oficial de sexo acorde con esta, podrán acceder a módulos y condiciones de internamiento adecuados a su condición».

Las feministas denuncian que «la responsabilidad del reconocimiento de la identidad psico-social a efectos de separación penitenciaria recae sobre el personal de Instituciones Penitenciarias y ni siquiera se exige que se haya procedido al cambio de sexo registral del interesado». Y que por eso el Ministerio del interior no ha indicado expresamente si ha procedido al ingreso del asesino en una cárcel de mujeres alegando que «los datos específicos de cada supuesto pertenecen a la parcela más íntima y personal de sus titulares, necesitándose su consentimiento expreso para proceder a su publicidad (artículo 15 Ley 19/2013, de 9 de diciembre)».

«Conocer el ingreso de una persona y la separación en el interior de los establecimientos teniendo en cuenta, con carácter prioritario, los criterios de sexo, edad y antecedentes delictivos no parece afectar al derecho a la intimidad», denuncia la Alianza Contra el Borrado de las Mujeres, que, en disconformidad con la respuesta, ha presentado una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

En el escrito remitido a Transparencia, la alianza solicita que, en caso de no ser atendida la queja, se clarifique normativamente por qué prevalecería la intimidad o protección de datos alegada por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias «frente a los derechos fundamentales, libertades básicas y seguridad de las mujeres presas que pudieran compartir espacios con el asesino y violador de Vanessa Santana (celdas, baños, enfermería...) en caso de estar alojado en un módulo de mujeres».

Las mujeres en las cárceles

Para las feministas que militan en la alianza de centenares de colectivos, «los derechos en riesgo son los de las mujeres presas, sus libertades y seguridad básica». Se remiten a las Reglas de Bangkok para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes, así como a lo expresado por la Relatora Especial para la violencia contra las mujeres y las niñas de Naciones Unidas, Reem Alsalem,que ya ha alertado de abusos del proceso para acceder a espacios de un solo sexo en las prisiones.

También hay que recordar que recientemente el consejero de Justicia del Gobierno escocés, Keith Brown, anunció la suspensión en el país celta de los traslados de los presos trans a cárceles de mujeres a la espera de un estudio al respecto que está realizando el Servicio Penitenciario Escocés y garantizar mientras su seguridad.

Desde la Alianza Contra el Borrado de las Mujeresreclaman «un juicio de proporcionalidad o ponderación de derechos en base a la petición de datos» y recuerdan que «es un derecho conocer y clarificar si dicha persona se encuentra actualmente alojada en un módulo de hombres o de mujeres, ya que estamos ante un caso de una persona, con DNI con mención registral de sexo varón, que confesó haber matado a su prima de 30 martillazos que acabaron con su vida y que cuando agonizaba la violó con objetos por vía anal y vaginal y eyaculó sobre su cadáver. Esta persona pidió en el juicio ser llamado Lorena y afirmó que se sentía mujer».