El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha suspendido hoy las restricciones impuestas por el Gobierno la semana pasada en la Comunidad de Madrid por la pandemia.

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© La Moncloa
Suspendió derechos constitucionales con una mera orden ministerial

Como ya señalé el 1 de octubre, el Gobierno decidió suspender derechos constitucionales con una simple orden ministerial, algo radicalmente inconstitucional, ya que las limitaciones de dichos derechos deben ser establecidas por una ley orgánica, y su suspensión puntual sólo es aplicable con los mecanismos jurídicos que contempla el Artículo 116 de la Constitución (los estados de alarma, de excepción y de sitio).

La orden de Illa no tenía habilitación legal para limitar derechos

Así mismo, el auto dictado por el TSJM (ver PDF) considera insuficiente recurrir a la Ley 16/2003, como lo hizo el Gobierno, para imponer "restricciones directas o esenciales" de derechos fundamentales: "no aprecia la Sala en la regulación que contiene el artículo 65 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, habilitación legal alguna para el establecimiento de medidas limitativas del derecho fundamental a la libertad de desplazamiento y circulación de las personas por el territorio nacional (artículo 19 CE), o de cualquier otro derecho fundamental".

El rapapolvo jurídico del TSJM al Gobierno

El TSJM también señala que el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, aprobado por el Gobierno, "no tuvo por objeto en modo alguno habilitar a los Poderes públicos, en particular, al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, para establecer medidas limitativas de la libertad de circulación (artículo 19 CE) ni de ningún otro derecho fundamental". Finalmente, en su auto el citado Tribunal le hace un claro reproche al Gobierno:
"Resulta llamativo que ante el escenario sanitario descrito no se abordara una reforma de nuestro marco normativo más acorde con las confesadas necesidades de combatir eficazmente la pandemia del Covid-19 y afrontar la grave crisis sanitaria que padece el país, pese al consenso doctrinal existente acerca de que la regulación actual de los instrumentos normativos que permiten la limitación de derechos fundamentales, con el objeto de proteger la integridad física (artículo 15 CE) y la salud (artículo 43 CE), íntimamente conectados entre sí, resulta ciertamente deficiente y necesitada de clarificación".
Por todo ello, el TSJM señala que "las medidas limitativas de derechos fundamentales que establece la Orden 1273/2020, de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad, meramente en ejecución de la Orden comunicada de 30 de septiembre de 2020", esta última emitida por el Ministerio de Sanidad, "constituyen una injerencia de los poderes públicos en los derechos fundamentales de los ciudadanos sin habilitación legal que la ampare, es decir, no autorizada por sus representantes en las Cortes Generales, por lo que no puede ser ratificada".

La penosa excusa de Sánchez para justificar ese confinamiento ilegal

Este auto judicial es un colosal rapapolvo al Gobierno, que decidió tomar un atajo ilegal para forzar el confinamiento de Madrid, lesionando derechos fundamentales con una mera orden ministerial. Lo que describe el auto judicial es una forma de gobernar que no respeta los derechos que ampara la Constitución, como si el Gobierno creyese que todo vale para salirse con la suya, incluso saltarse la Constitución y las leyes. Hoy Pedro Sánchez se ha excusado alegando que pretendía "proteger la salud pública", como si el fin justificase los medios. Pero es que ni siquiera ese fin está claro: si su propósito era proteger la salud, ¿por qué se cebó con Madrid y no con otras zonas de España también afectadas?

Salvador Illa debería dimitir

En cualquier otro país, un auto como el emitido por el TSJM tendría consecuencias políticas muy serias. Confinar a millones de personas de forma ilegal es algo que debería tener como efecto político inmediato la dimisión del ministro de Sanidad, Salvador Illa, pues la orden para confinar Madrid partió de su ministerio. Pero las consecuencias de este auto no deberían agotarse en el plano político: con su orden ilegal, el Gobierno ha perjudicado económicamente a muchos madrileños, agravando aún más la penosa situación que ya arrastraban muchos negocios a causa del confinamiento indiscriminado de la pasada primavera.

Santiago Abascal anima a los perjudicados a reclamar reparaciones

Este mediodía, el presidente de Vox, Santiago Abascal, ha animado a los perjudicados a "reclamar de este Gobierno ilegítimo la justa reparación" en caso de haber sufrido "un daño real, efectivo y evaluable por el confinamiento ilegal de Madrid". Ha indicado, en su tuiteo, lo que señala el Artículo 32.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: "Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley".

Si este Gobierno tuviese un mínimo de decencia, debería ser tan ágil en indemnizar a los perjudicados como lo fue en confinarles ilegalmente, un confinamiento que fue el resultado de un bochornoso enfrentamiento político con el gobierno regional presidido por Isabel Díaz Ayuso, de modo que cabe observar más motivaciones políticas que sanitarias detrás de él. El problema, claro, es que tenemos un Gobierno que parece desconocer la decencia. Sólo así se explica que en sus filas haya partidarios de una doctrina totalitaria como el comunismo, y que esté negociando los presupuestos con los herederos políticos de ETA.