
© A. CamachoLos cortes no aplicarán para personas de escasos recursos, adultos mayores o enfermos
Suspender el servicio de agua potable a los ciudadanos es una violación a un derecho fundamental, señala Raquel Gutiérrez Nájera, especialista en derecho ambiental. Pero ante el panorama que enfrenta el SIAPA, señala que éste debe ponderar. Efectivamente hay familias que tienen hasta albercas y sí pueden pagar el agua y no lo hacen por omisión o por cualquier otro motivo, "pero si tienen capacidad económica, deben pagar".
El año pasado la Organización de las Naciones Unidas (ONU) aprobó una declaración donde señala el derecho humano al agua potable y segura, y al saneamiento, como fundamental, pues es esencial para el goce pleno de la vida. "La ONU no distingue (clase social), pero claro que si te vas a los razonamientos de por qué este derecho humano se consagra, es precisamente por la gente pobre que no tiene acceso", apunta la especialista.
Para Gutiérrez Nájera el investigar por familias y capacidades de pago es correcto, porque esas familias en ocasiones gastan más en refrescos o cerveza que en agua, o compran agua embotellada.
"Este razonamiento más estudiado, más diferenciado, es correcto.
Claro que este derecho humano fundamental no exime que todas las personas, cualquiera que sea su condición económica, tengan de entrada cuando menos el acceso de 110 a 114 litros, lo necesario para las necesidades cotidianas de una familia".